Instituto Estatal Electoral aprueba lineamientos de paridad para elecciones locales

El instituto dio a conocer el proceso que se realizará en las elecciones locales para garantizar la paridad en el registro de candidaturas a alcaldías.

Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL)
Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL)Créditos: Adriana Garcino
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Monterrey.- El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL) aprobó lineamientos que garantizarán la paridad de género en las próximas elecciones locales.

A través de un comunicado, el instituto dio a conocer el proceso que se realizará en las elecciones locales para garantizar la paridad en el registro de candidaturas a alcaldías, regidurías y sindicaturas de los ayuntamientos.

En la elección de ayuntamientos se establece que los 51 municipios que integran Nuevo León se deben dividir en dos bloques de rentabilidad electoral, el primero de 25 municipios y el segundo de 26.

“En el primer bloque, se generarán 12 pares y una postulación única, y cada entidad política decidirá si el número impar se fija al principio, iniciando el primer par con los municipios 2 y 3; o al final, al comenzar el primer par con los municipios 1 y 2, mientras que ese impar se colocará en el municipio 25 de la prelación; y en el segundo bloque, se deben crear 13 pares, empezando siempre con los municipios 26 y 27”.

Además, el instituto mencionó que los lineamientos señalan que los partidos determinarán con cuál género iniciará cada par, sin que esto implique una alternancia obligatoria, pero sí que en cada par se postule a una persona del género femenino.

En cuanto la candidatura de las diputaciones locales que integrarán el Congreso del Estado, el Instituto establece que las fórmulas postuladas por cada partido debe integrarse por diputados propietarios y suplentes del mismo género, siempre y cuando el 50 por ciento sea para el género femenino.

“El caso de Diputaciones Plurinominales, las entidades políticas, postularán las fórmulas de manera paritaria, compuestas cada una por personas propietarias y suplentes del mismo género, teniendo como única excepción el supuesto en el que, si la fórmula de la candidatura propietaria es de género masculino o persona no binaria, su suplente podrá ser de género femenino”.

Para las Regidurías de Representación Proporcional en los Ayuntamientos, las plantillas incompletas perderán el derecho a estas y pasarán a formar parte de los espacios a distribuir entre los partidos y candidaturas independientes.