Monterrey. - La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha negado el amparo solicitado por cuatro elementos de la Secretaría de Marina condenados por el delito de desaparición forzada de una persona en el estado de Nuevo León, ocurrido en el año 2013.
El caso se remonta a la detención de la víctima por parte de elementos navales, luego de que ésta solicitara apoyo a las autoridades de seguridad para resolver un altercado entre particulares. Posteriormente, la víctima fue encontrada sin vida.
En el año 2020, un juez determinó que los cuatro elementos de la Secretaría de Marina eran penalmente responsables por la desaparición forzada de la persona.
Esta decisión se basó en diversos testimonios, incluyendo el del padre de la víctima, quien afirmó haber presenciado la detención de su hijo por parte de los elementos de la Marina, así como en declaraciones de personas vecinas de la comunidad y elementos de la Policía Municipal presentes en el momento de la detención.
Sin embargo, la sentencia inicial fue modificada en apelación, lo que llevó a los sentenciados a promover un juicio de amparo directo.
En su demanda, argumentaron que los testimonios, presunciones e indicios presentados no eran suficientes para acreditar su responsabilidad en la desaparición, al carecer de pruebas directas como videos o fotografías.
En su fallo, la Primera Sala recordó la gravedad y complejidad del delito de desaparición forzada, destacando que este tipo de delitos implica una privación arbitraria de la libertad y deja a la persona detenida en un estado de completa indefensión.
En este sentido, el tribunal advirtió que el ocultamiento existió desde el momento en que la víctima fue detenida por los elementos de la Marina, quienes posteriormente negaron este hecho y no informaron a los familiares sobre su paradero, ni registraron su detención formalmente, constituyendo un indicio de ocultamiento doloso.
La Sala concluyó que es admisible el uso de pruebas circunstanciales, indicios y presunciones para fundamentar una decisión sobre la responsabilidad penal en casos de desaparición forzada, siempre que de ellas puedan inferirse conclusiones consistentes con los hechos del caso.
Finalmente, la Primera Sala negó el amparo solicitado por las personas condenadas, al concluir que la sentencia de condena no vulneraba los derechos humanos de los tres elementos de la Marina.