Tribunal dicta que Samuel García no violó contienda electoral con destape de Álvarez Máynez

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió este tema con tres votos a favor y dos en contra.

Video en el que Samuel García presentó a Jorge Álvarez Máynez como el candidato de MC a la presidencia de México.
Video en el que Samuel García presentó a Jorge Álvarez Máynez como el candidato de MC a la presidencia de México.Créditos: Especial
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Monterrey.- El gobernador Samuel García no violó la imparcialidad de la contienda electoral al destapar al emecista Jorge Álvarez Máynez como aspirante a la presidencia, determinó este miércoles la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), con tres votos a favor y dos en contra.

Tal resolución derriba aquella previamente acordada por la Sala Regional Especializada del Trife, que había determinado que el Congreso local debía sancionar al mandatario por aparecer en un video entregándole una camiseta naranja a Álvarez Máynez y diciéndole “Compadre, vamos a demostrarles que se metieron con la generación equivocada”.

“El proyecto propone revocar la determinación impugnada. Contrario a lo indicado por la Sala Especializada, la participación de Samuel García en el video no implica automáticamente una vulneración a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda, pues para ello debe llevarse un análisis contextual de la publicación”, dice el acuerdo leído por el secretario Rafael Gerardo Ramos Córdova.

Según la resolución de la Sala Superior, la Sala Regional Especializada debió tomar en cuenta que, al momento de que se publicó el video, todavía era época de precampaña, de manera que el mensaje se dirigía a los militantes del partido naranja.

En contra del acuerdo; sin embargo, se pronunció el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, al señalar que hubo una violación evidente al artículo número 134 de la Constitución.

“De este proyecto, respetuosamente, me voy a separar; presentaría un voto particular en contra. A mi parecer, en este caso sí se aplican los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda.

“Se trata, precisamente, de propaganda electoral, y hay una prohibición explícita en el artículo 134 constitucional para que los servidores públicos atiendan este deber”, dijo Rodríguez Mondragón.

El pasado 5 de julio, ABC Noticias publicó que la Sala Especializada del Trife dictaminó que, usó su cargo, además de recursos públicos, para beneficiar la candidatura presidencial de Máynez, ordenando al Congreso local que establezca una sanción.