Monterrey.- Al señalar que ha sido un tema que ha quedado en la “congeladora” y que debe salir adelante, la diputada del PRD y coordinadora de esta bancada, Perla Villarreal presentó una iniciativa para que se genere un registro de deudores alimentarios al que se sume Nuevo León.
En la presentación de la iniciativa en la Oficialía de Partes del Congreso local, la perredista apuntó que en la localidad hay una cifra negra del tema y que además se busca aplicar limitantes como no otorgarles licencia de conducir o permitir que salgan del país.
Perla Villarreal dijo que la iniciativa busca modificar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado para crear el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
Agregó que prevén que el Sistema Nacional DIF cuente con un plazo de 300 días hábiles para implementar el registro, mientras que los Congresos locales y los Tribunales Superiores de Justicia de los Estados contarán con 120 días hábiles desde la creación del registro, para armonizar sus leyes con la legislación federal.
A nivel nacional la Red Nacional de Deudores Alimentarios estima que hay alrededor de 35 millones de padres deudores alimenticios. A su vez, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) señala que sólo tres de cada cuatro hijos de padres separados reciben pensión alimenticia.
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"Esta iniciativa a nivel nacional otorga al Poder Judicial acceso a la información necesaria para alimentar este registro, algo que actualmente no tenemos en el Estado de Nuevo León.
“No es que sea un registro estatal, sino que se alimentará el registro nacional existente. Esto permitirá detener a personas que intentan mudarse de ciudad o salir del país”, manifestó la legisladora.
Perla Villarreal indicó que la ley establece que los deudores no podrán obtener licencias de conducir, pasaportes, ocupar cargos públicos, ni realizar compras de bienes inmuebles. Además, su nombre aparecerá en el Registro Civil al solicitar un acta de matrimonio.
La iniciativa de reforma contempla adicionar un capítulo I BIS, conformado por los artículos 163 Bis 1, 163 Bis 2, 163 Bis 3, 163 Bis 4, 163 Bis 5, 163 Bis 6, 163 Bis 7 y 163 Bis 8, a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.