Suprema Corte da entrada a siete nuevas impugnaciones contra el 'Plan B'

Estas controversias fueron propuestas por algunos municipios de los estados de Monclova, Coahuila, Estado de México y Guanajuato.

Suprema Corte de Justicia de la Nación inicia con la discusión sobre el 'Plan B'.
Suprema Corte de Justicia de la Nación inicia con la discusión sobre el "Plan B". Créditos: Sitio: https://arturozaldivar.com/
Por
Escrito en NACIONAL el

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió siete nuevas controversias constitucionales para impugnar las modificaciones de dos de las leyes que conforman la primera parte de la reforma electoral “Plan B” propuesto por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.

Fue el ministro Alberto Pérez Dayán el encargado de aceptar estas controversias, las cuales fueron propuestas por algunos municipios de los estados de Monclova, Coahuila, Estado de México y Guanajuato.

Las impugnaciones realizadas impactan a las modificaciones a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

¿Qué señalan estas leyes?

La Ley General de Comunicación Social establece que se deberá gasta el 0.1 por ciento del presupuesto en campañas de difusión. Aplica para figuras políticas de los tres poderes de la Federación, de las Entidades Federativas y de los municipios, incluso, en Ciudad de México.

La Ley General de Responsabilidades Administrativas indica las sanciones a funcionarios que no cumplan con las restricciones de comunicación social.

La aprobación de estas nuevas siete controversias constitucionales se dan a cuatro días de la admisión de la primera controversia interpuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Esta primera controversia constitucional también fue en contra de las reformas a las leyes General de Comunicación Social y General de Responsabilidades Administrativas, mismas que forman parte del “Plan B”. De acuerdo con el ministerio Pérez Dayán lo descrito en estas leyes producen una violación directa a las funciones del INE como órgano constitucional autónomo.

“El Decreto combatido obstaculiza la función que realiza con fundamento en los artículos 41 y 134 constitucionales como garante, entre otros principios, de la equidad en la contienda electoral, en donde la comunicación social y la propaganda gubernamental tienen una importante incidencia”, precisa el acuerdo de admisión de esa primera controversia constitucional.