Aprueban que trabajadores del Estado no respondan llamadas fuera de horario en Quintana Roo

Estas reformas garantizan el derecho a la "desconexión digital", asegurando el respeto por los períodos de descanso de las personas.

Créditos: Archivo / ABC Noticias.
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Quintana Roo.- Los diputados locales de Quintana Roo aprobaron reformas legales que permiten a los trabajadores del Estado no responder mensajes ni llamadas de sus superiores cuando se encuentren fuera de horarios laborales.

Los diputados aprobaron reformas para adicionar el artículo 34 bis a la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Tres Poderes del Estado, de los Órganos Descentralizados y de los Ayuntamientos.

Estas reformas otorgan el derecho a la denominada "desconexión digital" para garantizar el respeto a sus tiempos de descanso.

Esto garantiza que, fuera del horario de trabajo legal o convencionalmente establecido, se respete su tiempo de descanso, permisos, vacaciones, así como su intimidad personal y familiar.

“Artículo 34-Bis. Las personas trabajadoras tendrán derecho a la desconexión digital a efecto de que les sean garantizados, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto a su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar”, se lee en el artículo.

Asimismo, se establece que los trabajadores no estarán obligados a tener contacto ni a participar, por ningún medio digital, en actividades relacionadas con su trabajo fuera del horario laboral legal o convencionalmente establecido, ni durante sus tiempos de descanso.

“Para efectos de la obligación señalada en el párrafo anterior, se entiende por desconexión digital aquel derecho que tienen las personas trabajadoras a no tener contacto o participar, por cualquier medio digital, en ninguna clase de actividad relacionada con su quehacer laboral en horarios fuera de la jornada legal o convencionalmente establecida que corresponda o en sus tiempos de descanso”, se lee.

En ese sentido, priorizarán la conciliación laboral y personal, y se regirán por la negociación colectiva o, en su defecto, por el acuerdo entre empleador y representantes de los trabajadores.

 

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