Ciudad de México.- Ya estamos en octubre y falta muy poco para diciembre, fecha esperada por la mayoría de los mexicanos debido que es cuando se recibe el famoso aguinaldo.
Sin embargo, no todo es perfecto ya que a partir de cierta cantidad, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplica el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Esto no es nuevo, lo diferente es que la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cada año sufre una actualización, lo que repercute en el monto que te van a quitar.
¿A partir de cuánto el SAT cobra impuestos al aguinaldo?
Para este 2025, la UMA tiene un valor diario de $113.14 pesos, lo que fija la exención en 3,394.20 pesos (113.14 x 30); esto significa que si el aguinaldo de un trabajador rebasa esa cantidad, solo el excedente será gravado con ISR.
Por ejemplo, si una persona recibe $5,000 pesos de aguinaldo, los primeros $3,394.20 pesos estarán exentos, mientras que los $1,605.80 pesos restantes deberán declararse ante el SAT.
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Es importante precisar que la UMA es calculada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi y se actualiza cada año para reflejar la inflación.
¿Quiénes reciben aguinaldo?
Según la Ley Federal del Trabajo (LFT), todos los empleados formales tienen derecho a recibir una compensación anual equivalente, como mínimo, a 15 días de salario.
Las disposiciones fiscales establecen que el aguinaldo está sujeto al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), siempre que el monto recibido sea superior a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
¿Qué es el ISR?
El ISR significa Impuesto Sobre la Renta. Es un impuesto que cobra el gobierno a las personas físicas (individuos) y morales (empresas) sobre los ingresos que generan en un periodo determinado, generalmente un año.
- Personas físicas: Si trabajas y recibes un salario, tus honorarios profesionales, rentas o intereses, estás obligado a pagar ISR sobre esos ingresos. La cantidad que pagas depende de cuánto ganes; es progresivo, lo que significa que mientras más ingresos tengas, mayor porcentaje pagarás.
 - Personas morales (empresas): Las empresas pagan ISR sobre sus utilidades netas, es decir, después de restar gastos deducibles de sus ingresos.
 - Retención: En muchos casos, el ISR ya se descuenta automáticamente, por ejemplo, en los salarios. Tu empleador lo retiene y lo paga al SAT (Servicio de Administración Tributaria).
 - Declaración anual: Tanto personas físicas como morales deben presentar una declaración anual donde se determina si pagaron de más o de menos y se ajusta la diferencia.
 
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