Comparecencias

Los representantes populares de los Poderes Legislativo y Ejecutivo emanamos de diversas fuerzas políticas, es decir, no existe una hegemonía partidaria gracias al voto.

Escrito en OPINIÓN el

Dentro de la división de los Poderes, que se consagra en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estados de Nuevo León, se establece la atribución de los integrantes del Poder Legislativo, es decir de las diputadas y de los diputados, de citar a comparecer a funcionarias y funcionarios que forman parte de los Poderes Ejecutivo y Judicial.

Esta facultad reviste importancia, sobre todo, en el escenario político en que nos encontramos en Nuevo León, en donde los representantes populares de los Poderes Legislativo y Ejecutivo emanamos de diversas fuerzas políticas, es decir, que no existe una hegemonía partidaria gracias a que, con su voto, las ciudadanas y los ciudadanos decidieron otorgar un equilibrio a los Poderes.

Hay que destacar que la división de Poderes no es absoluta, pues en la propia norma fundamental se reconoce la interdependencia entre estos, de la colaboración que debe haber, e incluso permite el establecimiento de mecanismos que fomentan el equilibrio entre unos y otros, con el fin de evitar el abuso del poder público.

Debido a la naturaleza colegiada del Poder Legislativo, la Constitución le confiere una serie de mecanismos que permitan la supervisión, fiscalización, comprobación e intervención en la actuación de los Poderes, con el fin de establecer medidas que prevengan, corrijan y sancionen el exceso en el ejercicio del Poder público.

La académica Cecilia Mora-Donatto advierte en su artículo denominado “Oposición y Control Parlamentario en México”, que la presencia de un solo partido en los tres Poderes, asfixió la fuerza de todos los medios de control, pero concluye que, una vez que en México y en Nuevo León ya se superó esa etapa, se requiere ahora de una regulación adecuada para que los mecanismos de control parlamentario cumplan con su objetivo.

Aunque las comparecencias de funcionarias y funcionarios ya se realizan, es necesario ajustar algunos mecanismos para que exista la obligación para que comparezcan ante el Pleno o comisiones del Congreso del Estado, para que informen del estado que guardan sus dependencias y contribuyan con información con el trabajo legislativo que se realiza.

En caso de que las funcionarias y funcionarios se rehúsen a comparecer ante las diputadas y diputados, podrían incurrir en responsabilidades administrativas de acuerdo a nuestra legislación.

Es importante dejar claro que las comparecencias de los servidores públicos no son un capricho, sino que son parte del proceso democrático en el que estamos inmersos y sirven para mejorar el trabajo que se desempeña dentro de la interdependencia de cada uno de los Poderes que conforman el gobierno del Estado.