Reforma a jornada laboral en México: ¿Desaparecerá la hora de comida?

De aprobarse, la nueva reforma reducirá la jornada laboral a 40 horas por semana, lo que ha generado cuestionamientos entre trabajadores.

La hora de comida genera cuestionamientos respecto a la posible reforma a jornada laboral en México
La hora de comida genera cuestionamientos respecto a la posible reforma a jornada laboral en México Créditos: Especial
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Ciudad de México. – Los trabajadores mexicanos han expresado diferentes tipos de dudas en torno a la Reforma a la jornada laboral 2023, misma que, de aprobarse, significaría un nuevo horario de trabajo.

Son varios los cambios que se pretenden con esta probable actualización, y una de ellas refiere a un total de 40 horas semanales de trabajo, que sería una reducción de una hora en comparación con la jornada actual de trabajo que existe en el país.

A partir de ahí, el sector trabajador nacional ha lanzado cuestionamientos acerca de su hora de comida, misma que, temen, pueda desaparecer a raíz de esta potencial legislación.

¿Desaparecerá la hora de comida con la nueva Reforma laboral?

Se trata de los 60 minutos de su jornada laboral que más disfrutan los trabajadores que día a día se empeñan por sacar adelante su trabajo, y que, a consecuencia, están expuestos a los diferentes síntomas de estrés que existen.

Exista o no nueva reforma a la jornada laboral en México, la hora que los trabajadores destinan para ingerir sus alimentos no puede ser desplazada por los patrones o jefes de departamento.

El artículo 63 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) señala que la hora de comida es una obligatoriedad, independientemente si el trabajador recibe 30 o 60 minutos diarios de descanso.

“Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos y en jornadas especiales el trabajador deberá disfrutar de por lo menos una hora de descanso cada 6 horas de trabajo para tomar sus alimentos y un periodo de descanso durante la noche si la jornada abarcara ésta”, se lee en este apartado.

Asimismo, el artículo 64 señala que si el empleado no puede salir del lugar de trabajo durante los periodos de descanso o comida, este tiempo será considerado como parte de su jornada laboral.

El próximo mes de septiembre será clave en la resolución de este plan, que será abordado en el siguiente periodo ordinario de sesiones.