Monterrey.- La pensión es un derecho fundamental que protege a los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y, en caso de fallecimiento, a sus familiares cercanos.
Hasta hace poco, solo los cónyuges e hijos podían acceder a este beneficio; sin embargo, un reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amplió este derecho para incluir también a los padres de los asegurados bajo ciertas condiciones.
¿Cómo se beneficia a padres de pensionados?
Desde hace dos años, los padres de un pensionado fallecido que se encontrara inscrito bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973 pueden reclamar hasta el 90% de la pensión que recibía o le correspondía al trabajador.
Esta decisión, adoptada por unanimidad por la SCJN, representa un avance significativo en la protección social de los adultos mayores en México.
¿Todos los padres pueden obtener el beneficio?
No obstante, el beneficio no aplica para todos los padres de trabajadores fallecidos.
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La resolución establece que el IMSS deberá otorgar ese porcentaje únicamente cuando los padres hayan dependido económicamente del trabajador y no existan otros beneficiarios con derecho a pensión, como cónyuge, concubina o hijos.
Incremento del monto de pensión para padres
Anteriormente, la Ley del Seguro Social de 1973 ya contemplaba la posibilidad de heredar la pensión a los padres en ausencia de otros beneficiarios, pero el monto era de solo el 20%.
Con el nuevo criterio, el porcentaje se incrementa a 90%, lo que significa una mejora sustancial en la calidad de vida de quienes dependían económicamente del asegurado.
Requisitos y documentos necesarios para solicitar la pensión
Para acceder a este beneficio, los solicitantes deben cumplir tres requisitos esenciales:
- No contar con otros beneficiarios con derecho a pensión
 - Demostrar dependencia económica del trabajador o pensionado fallecido
 - Estar sujetos al régimen de la Ley del Seguro Social de 1973.
 
El trámite puede realizarse directamente en la subdelegación del IMSS correspondiente o, en caso de dudas, a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Los documentos necesarios incluyen:
- Acta de defunción del asegurado.
 - Actas de nacimiento del asegurado y del padre solicitante.
 - Constancia de semanas cotizadas del asegurado, que puede obtenerse en línea.
 - Identificación oficial del padre solicitante.
 - Estado de cuenta de la Afore actualizado (máximo tres meses de antigüedad).
 
