México.- El aguinaldo es una de las prestaciones más importantes de fin de año, pero su pago siempre genera dudas, especialmente cuando existen obligaciones financieras de por medio, entre ellas para aquellas personas que cuentan con deudas en pensiónes alimenticias.
Aunque la ley establece que los trabajadores que son deudores alimentarios sí reciben el aguinaldo, este no llega de forma íntegra a sus manos. Aquí te contamos cómo funciona.
Retención Obligatoria por Mandato Judicial
El aguinaldo es un derecho laboral al que tiene acceso todo trabajador formal; sin embargo, las leyes mexicanas priorizan el cumplimiento de la pensión alimenticia. Por ello, el pago del aguinaldo está sujeto a un descuento obligatorio por una orden judicial.
Lo anterior va en relación a un fundamento Legal, es decir; la orden de retención emitida por el juez especifica que la pensión alimenticia se debe calcular sobre la totalidad de los ingresos y prestaciones periódicas del deudor, lo cual incluye de manera explícita el aguinaldo.
Te podría interesar
Por lo tanto, la empresa o patrón está legalmente obligado a realizar la retención directa del porcentaje del aguinaldo correspondiente a la pensión. Este monto se transfiere al beneficiario o al juzgado antes de que el deudor reciba el resto de su pago.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) confirma que el pago de la pensión alimenticia es una de las pocas razones legales por las que el patrón puede realizar un descuento sobre el aguinaldo del trabajador.
El Patrón No Decide: Es una Obligación
Es fundamental entender que la empresa no tiene la facultad de decidir si aplica o no el descuento; está obligada a hacerlo cuando recibe una orden judicial de pensión.
Si el patrón omitiera esta retención, podría incurrir en un desacato judicial, asumiendo la responsabilidad del monto que debió ser descontado.
¿Cuándo es la fecha límite de recibir mi aguinaldo?
Cabe destacar que con o sin descuento, el patrón tiene como fecha límite para realizar el pago de esta prestación el 20 de diciembre de cada año. El incumplimiento de esta fecha puede generar multas para el empleador.
En caso de ser beneficiario de la pensión y el patrón no realiza la retención adecuada, o si usted como trabajador cree que el descuento es incorrecto, puede solicitar asesoría legal gratuita directamente a la Profedet a través de sus canales de atención.
Todos los servicios de la Procuraduría Federal del Trabajo son gratuitos. Puedes buscar la oficina más cercana a ti, contactar a los teléfonos: 800 911 7877; 800 717 2942 y 5559 98 2000, extensiones 44740 y 44741 o escribir por correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.
