Dani Alves es libre por falta de pruebas; lo absuelven de su condena por violación

Al futbolista brasileño se le revocó la condena de 4 años de cárcel por abusar de una joven en Barcelona, debido a la falta de pruebas y a que el testimonio de la denunciante no es fiable

Dani Alves fue absuelto de su condena de 4 años por violación, debido a falta de pruebas
Dani Alves fue absuelto de su condena de 4 años por violación, debido a falta de pruebasCréditos: Redes Sociales
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España.- El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) absolvió este viernes al futbolista Dani Alves al revocar su condena de cuatro años y medio de cárcel por la violación de una joven en Barcelona.

Las autoridades determinaron que no existen pruebas de la supuesta agresión en en el baño de un reservado de la discoteca Sutton de la capital catalana, en diciembre de 2022 y que el testimonio de la denunciante no es fiable.

En su sentencia, que se puede recurrir ante el Supremo, la sala civil y penal del TSJC estima por unanimidad el recurso presentado por la defensa del exjugador brasileño del Barça y lo absuelve de agresión sexual al concluir que la resolución de la Audiencia de Barcelona que lo condenó adolece de "vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones".

Alves estuvo en prisión preventiva durante catorce meses y salió en libertad provisional en marzo del año pasado, bajo fianza de un millón de euros.

Pumas fue el último equipo profesional del brasileño Dani Alves. Crédito: Mexsport

La sala basa su resolución en el visionado de las imágenes grabadas por las cámaras de la discoteca antes de los hechos denunciados, en las que el futbolista y la joven bailan y toman una copa juntos, contrastadas con las versiones de ambos.

En ese sentido, el tribunal recuerda que la propia sentencia de la Audiencia ya aludía a la "falta de fiabilidad" del testimonio de la joven respecto a lo que se aprecia en el vídeo, ya que indicaba "de forma explícita que lo que relata no se corresponde con la realidad".

El TSJC reprocha a la Audiencia que reconociera esa incoherencia entre el relato de la joven y las imágenes del vídeo, mientras acepta el resto de su declaración -en lo que respecta a la penetración ocurrida en el interior del baño de la discoteca-, evitando contrastarla con otras pruebas, como la pericial de las huellas dactilares y la biológica de ADN.

Por ese motivo, sostiene la sala que de la prueba practicada en el juicio "no se puede concluir que se hayan superado los estándares que exige la presunción de inocencia" de acuerdo con las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa, y recuerda que la doctrina constitucional exige "un canon reforzado de motivación" en las sentencias condenatorias.

Dani Alves compareció repetidamente ante las autoridades españolas desde 2023. Crédito: Agencia EFE

En cualquier caso, el TSJC asegura compartir la opinión de la Audiencia cuando sostiene que de la actitud de la denunciante con Alves observada en la grabación no se deriva "ningún efecto" del consentimiento o falta de consentimiento posterior.

No sólo la defensa de Alves había recurrido la sentencia: también lo hizo la Fiscalía, que pedía elevar la condena a nueve años de cárcel, y la acusación particular ejercida por la joven, que solicitaba doce años de prisión.