Argentina.- Durante la madrugada de este jueves, el Senado de Argentina dio luz verde a una polémica reforma laboral impulsada por el presidente Javier Milei. La iniciativa plantea cambios de fondo en las reglas del empleo en un país con fuerte tradición sindical y una extensa historia de movilización obrera.
La aprobación de esta reforma generó fuertes protestas en Buenos Aires, en donde al menos 71 personas fueron detenidas y 12 agentes de las fuerzas de seguridad resultaron heridos durante los disturbios a las afueras del Congreso argentino.
Esta iniciativa propone “modernizar” las relaciones de trabajo y reducir el poder de lo sindicatos y los costos laborales.
Este proyecto incluye medidas como reducir el costo de los despidos, permitir jornadas de hasta 12 horas diarias y disminuir las cargas patronales mediante la baja de aportes. Además, propone crear un fondo para cubrir indemnizaciones por despido financiado con recursos del sistema de jubilaciones.
Entre los puntos más polémicos de esta reforma se encuentran:
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- Compañías ahora pagarán las horas extras con días libres o con jornadas reducidas.
- Las vacaciones serán fraccionadas a lo largo de todo el año.
- Los sueldos ahora podrán pagarse en cualquier moneda, especie, comida o alojamiento.
El Gobierno argentino celebró la aprobación del Senado del proyecto y afirmó que esta iniciativa representa "un punto de inflexión en la historia laboral argentina".
A continuación, te presentamos a fondo los puntos claves de esta reforma que ha desquiciado a trabajadores en Buenos Aires y otras ciudades de Argentina.
Indemnizaciones por despido
La reforma modifica la base de cálculo de las indemnizaciones por despido y quedan excluidos del cómputo el aguinaldo, las vacaciones, los premios y otros conceptos que no sean de pago mensual habitual, lo que reduce el monto final respecto del sistema vigente.
Las empresas podrían abonar las condenas judiciales en cuotas: hasta seis pagos las grandes empresas y doce las Pymes.
Y se crearía el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que permitiría a los empleadores realizar aportes mensuales destinados a cubrir eventuales despidos.
Vacaciones, licencias y horas extras
Bajo esta ley, las vacaciones se podrían fraccionar en períodos no inferiores a siete días y podrían ser rotativas. El trabajador tendrá al menos un período en temporada estival, en coincidencia con las vacaciones escolares, cada tres años.
En caso de accidente o enfermedad ajenos al trabajo, el empleado recibirá el 50% de su salario básico durante tres meses si no tiene personas a cargo y seis meses si las tiene, cuando la razón de la baja se deba a un acto voluntario o acción de riesgo para su salud.
Si la incapacidad no resulta de una acción voluntaria y riesgosa, el trabajador recibirá el 75% de su salario en los mismos plazos.
Las licencias en el caso de recaídas por enfermedades crónicas solo se renovarán si trascurren más de dos años entre episodios.
La reforma crea un “banco de horas”, que habilita a compensar horas extra trabajadas con días libres o reducción de jornada, y el esquema de compensación de horas extras se podrá acordar entre el trabajador y el empleador.
Derecho a la huelga
La ley que se debate en el Senado contempla ampliar el listado de sectores considerados esenciales: no se podrá prestar menos del 75% del servicio en caso de huelga.
A los ya previstos —salud, agua potable, energía eléctrica, gas y control del tráfico aéreo— se suman telecomunicaciones, aeronáutica, comercio, servicios portuarios, aduaneros y migratorios, y educación, con excepción de las universidades. Y las fuerzas de seguridad deberán garantizar el 100% de su prestación.
Se crearía la categoría “servicios de importancia trascendental”, que deberían asegurar al menos el 50 % de su funcionamiento, entre ellos, transporte de pasajeros y cargas, industria farmacéutica, bancos, agro, minería, siderurgia, construcción, medios de comunicación, comercio electrónico y hotelería.
Representación sindical
La iniciativa modifica la Ley de Asociaciones Sindicales y establece que las asambleas de trabajadores y congresos de delegados no podrán afectar el normal funcionamiento de la empresa y deberán contar con autorización del empleador.
Tipifica como infracciones “muy graves” los bloqueos o tomas de establecimientos y las acciones que afecten la libertad de trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza.
Y habilita la posibilidad de otorgar personería gremial a sindicatos de empresa cuando superen en afiliados al sindicato preexistente durante al menos seis meses.
Convenios colectivos
La nueva ley eliminaría el principio de que un convenio colectivo continúa vigente tras su vencimiento hasta la firma de uno nuevo. De aprobarse, los convenios perderán vigencia al expirar el plazo, salvo en lo relativo a condiciones de trabajo.
Dispone que los convenios de ámbito menor, como los de empresa, prevalecerán sobre los de mayor alcance, es decir, los sectoriales.
La derogación de los estatutos y regímenes especiales entrará en vigor 180 días después de la sanción de la ley.
Con información de EFE.
