Estado prohíbe adopción y comercialización de animales de compañía menores de 4 meses

Sólo se podrán adoptar animales que procedan de la Secretaría de Medio Ambiente, rescatistas independientes registrados o albergues temporales de asociaciones civiles.

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Monterrey. -  El Gobierno del Estado de Nuevo León, prohibió la adopción y comercialización de animales de compañía, menores de cuatro meses.

El acuerdo publicado este lunes, en el Periódico Oficial del Estado, también establece que los animales de compañía convencionales vendidos por las personas físicas o morales, deberán entregarlos con un certificado de salud, guía informativa donde se indiquen sus datos de procedencia y estar esterilizados, o en su caso una carta compromiso con dicho procedimiento.

“Queda prohibida la entrega en adopción y comercialización de animales de compañía convencionales con edad menor a cuatro meses. Para el caso de la comercialización de animales, los interesados deberán dar cumplimiento a los requisitos que mencionan los artículos 29 y 30 de la Ley”, indica el documento.

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Asimismo, sólo se podrá realizar la venta y entrega de adopción de animales, que procedan de la Secretaría de Medio Ambiente, Centros de Control Canino y Felino, albergues temporales de asociaciones civiles, organizaciones de protección a los animales y rescatistas independientes debidamente registrados. 

También, se acordó que quienes realicen actividades de comercialización de animales, no podrán asignar, obsequiar, o entregar animales vivos como premios, promoción o cualquier otro motivo, por la adquisición de un objeto material u otro animal.

Crédito: Especial.

 “Las personas físicas o morales que realicen actividades de comercialización de animales no podrán asignar, obsequiar o entregar animales de compañía convencionales vivos como lotes, premios, promoción o cualquier otro motivo, por la adquisición de algún objeto u animal”, establece el documento.

Queda estrictamente prohibido, el uso de productos o herramientas de sujeción que pongan en riesgo la salud de los animales, así como efectuar actos violentos, como golpes, lesiones, provocar inanición, deshidratación o estrés.

De igual forma, el uso de collares de castigo, collares con púas o bastones eléctricos u otros artefactos punzocortantes para el adiestramiento o cualquier otra situación que produzca sufrimiento físico o mental.