Monterrey.- En una resolución definitiva, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha cerrado el capítulo de una prolongada controversia legal al desestimar la demanda interpuesta por Arturo Salinas, presidente del Tribunal Superior de Justicia, quien buscaba validar su nombramiento como gobernador interino del estado.
La controversia surgió tras el intento fallido de Salinas de asumir el cargo de gobernador interino, a pesar de la autorización previa del Congreso de estado, buscando suceder a Samuel García.
Sin embargo, el 14 de noviembre, un dictamen de la Suprema Corte, liderado por el ministro Javier Laynez, ordenó al Congreso revocar el proceso de nombramiento al identificar un conflicto de intereses, dado el cargo judicial de Salinas.
El fallo también revierte la designación de Salinas como gobernador interino y anula la controversia de inconstitucionalidad local 21/2023, marcando el fin de una serie de impugnaciones legales.
La decisión de la Corte, articulada en la Controversia Constitucional 6/2024, declara como “notoriamente improcedente” la demanda presentada por Salinas, señalando el cierre y archivo definitivo del caso.
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“La resolución de fecha 15 de noviembre de 2023 (como acto de autoridad), del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y juicio electoral con el expediente SUP-JDC-536/2023 y acumulados, en donde la Sala Superior, revocó la admisión y suspensión dictadas en la controversia de inconstitucionalidad local 21/2023, debido a la falta de competencia -según criterios de la demandada- del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Nuevo León, por tratarse de una cuestión -calificada erróneamente- como electoral”, señala el comunicado.
Antecedentes del caso revelan que Salinas había sido facultado por el Tribunal Superior de Justicia y el Consejo de la Judicatura de Nuevo León para separarse temporalmente de sus funciones judiciales y aceptar el nombramiento interino.
Sin embargo, la rápida intervención de la Suprema Corte y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación subraya los límites constitucionales a la movilidad entre poderes del estado.