Monterrey.- Ante la acusación de que presuntamente habrían vulnerado el interés superior de la niñez, al utilizar menores de edad para promoción en sus redes sociales, Luis Donaldo Colosio Riojas y Francisco Cienfuegos libraron estos “cargos” ante el Instituto Nacional Electoral (INE).
Durante la sesión de este martes del Consejo Local de la Junta Ejecutiva del INE en Nuevo León, se determinó como improcedente estas dos acusaciones realizadas en contra del abanderado al Senado de la República por Movimiento Ciudadano.
Asimismo, se dio un fallo en favor del candidato de la coalición Fuerza y Corazón por Nuevo León a una curul federal plurinominal por el PRI-PAN-PRD.
El proyecto presentado por el secretario del Consejo, José Ángel Medina, el candidato al Senado por MC fue denunciado por su contrincante a un escaño en el Senado por la coalición “Fuerza y Corazón por Nuevo León”, Karina Barrón, quien pidió se quitaran dos historias de Instagram.
Dichas historias fueron realizadas en el mes de marzo pasado, en las que se apreciaba a niños y adolescentes, situación en la que el INE terminó por declarar “improcedente” cualquier acción, al ya no existir las historias en dicha red social, señaló José Ángel Medina, Secretario del Consejo.
"La Junta Local Ejecutiva de Nuevo León hizo constar que a la fecha de su realización ya no se encontraba la publicación de las historias denunciadas debido a que solo duran 24 horas alojadas, así como se detalló en el acta referido.
“Por lo cual se propone a este consejo local se determine improcedente el dictado de medidas cautelares en virtud de que se trata de actos consumados dado que a la fecha ya no se encontraban publicados los vídeos denunciados”, apuntó el consejero del INE.
En el caso del priista, Francisco Cienfuegos, se detalló que la denuncia estuvo interpuesta por el partido Movimiento Ciudadano, bajo el argumento de que a finales de marzo, éste promovió en su cuenta de Facebook publicidad donde aparecían menores de edad.
Ante este panorama, de la misma forma que en el caso anterior se declaró la improcedencia de la denuncia, debido a que ya no existía la publicación previamente denunciada por MC.