Abogado asegura que el SAT congela cuentas bancarias para forzar pagos fiscales

Dieron a conocer que el SAT ha estado empleando tácticas en los últimos años para obligar a los contribuyentes a someterse a revisiones, inscribirse en el RFC o pagar créditos fiscales determinados.

Créditos: Redes Sociales
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Monterrey.- El abogado fiscalista, Marcelo Flores Serna, aseguró que el SAT congela cuentas bancarias para obligar a los contribuyentes a someterse a una revisión, o pagar créditos fiscales.

El socio fundador de Flores Serna y Asociados afirmó que en los últimos años el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ha estado realizando esta táctica para que los contribuyentes sean obligados a revisiones, así como, ubicarlos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), o pagar créditos fiscales determinados.

En distintas ocasiones el SAT ha realizado estas actividades sin justificación para revisión, por lo que, resultan ser excesivamente severos y arbitrarios, así lo informó Flores.

“Independientemente de la forma en que fue inmovilizada la cuenta del contribuyente, la mayoría de las veces, éste tiene conocimiento de la medida impuesta, cuando tal circunstancia le es informada por su banco o cuando le es imposible disponer de sus fondos. 

El hecho de que la autoridad no notifique al contribuyente de la inmovilización a sus cuentas constituye, principalmente, una violación a los derechos de audiencia y debido proceso de los pagadores de impuestos garantizados en la Constitución Federal”, aseveró Flores Serna.

El fiscalista mencionó que existen dos escenarios principales por los que pueden ocurrir inmovilización de depósitos bancarios, uno de ellos es cuando el contribuyente tiene adeudos fiscales, y el segundo es cuando hay adeudos fiscales sujetos a algún medio de defensa, por lo que, el contribuyente tiene obligación de garantizar dichos adeudos.

Flores aseguró que la notificación de la inmovilización de depósitos bancarios se hace mediante el buzón tributario o de manera personal, siempre que la autoridad fiscal tenga registro del correo electrónico del contribuyente o este se encuentre localizable en su domicilio fiscal.