Emiten nuevo decreto para evitar incendios forestales en NL

Con este nuevo decreto se establecen nuevas zonas de veda en el estado.

Bombero combatiendo un incendio forestal.
Bombero combatiendo un incendio forestal. Créditos: Archivo ABC Noticias.
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Monterrey.- El gobierno del estado emitió un nuevo decreto que establece zonas de veda para el uso de fuego en sierras y parajes naturales, esto con la intención de prevenir incendios forestales en el estado.

La medida, publicada en el Periódico Oficial este miércoles, busca reducir la incidencia de estos siniestros durante los meses de enero a agosto, periodo en el que las condiciones climáticas favorecen su propagación.

De acuerdo con el decreto, se consideran zonas de veda todos los ecosistemas forestales, así como lotes baldíos de más de mil metros cuadrados o terrenos con arbolado en superficies mayores a 500 metros cuadrados dentro de zonas urbanas o en el interfaz urbano forestal.

"Se prohíbe el uso de fuego en las zonas de veda a que se refiere el numeral anterior en las siguientes modalidades: fogatas a cielo abierto para recreación, preparación de alimentos, chamusco de nopales y maguey, festejos campestres y demás de naturaleza semejante a las enunciadas", se detalla en la publicación.

También se restringen las quemas controladas destinadas a la preparación de forrajes para el ganado, el mantenimiento de caminos y brechas de conducción eléctrica, la eliminación de esquilmos agrícolas en zonas cercanas a vegetación, así como la quema de basura o desechos contaminantes.

Además, se prohíben diversas actividades recreativas como “encender cualquier tipo de globo aerostático que para su manejo debe utilizarse el fuego, y encender cualquier tipo de fuego que pudiera poner en riesgo a los seres vivos, al medio ambiente y los recursos naturales", indica el decreto.

Sin embargo, en el decreto también se contemplan excepciones, sobre todo, en fogatas realizadas en áreas que cumplan con los requisitos mínimos de seguridad y control de fuego, bajo la total responsabilidad de quienes las enciendan.

También se permiten las quemas prescritas en áreas forestales siempre que cumplan con la NOM 15 SEMARNAT/AGRICULTURA 2023, previo permiso de la Secretaría de Medio Ambiente, el cual debe solicitarse al menos 10 días hábiles antes de realizar la actividad.