Monterrey.- Enero no solo marca el inicio para cumplir con los propósitos de año nuevo, también con algunas obligaciones fiscales como el pago del predial de tu inmueble.
En Nuevo León, no cumplir con el pago puede salir más caro de lo que parece. Más allá de los recargos, los propietarios podrían exponerse a multas y bloqueos en procesos. Aquí te contamos lo que dice la ley.
¿Qué es el impuesto predial en Nuevo León y en qué se utiliza?
En México, los propietarios de casas, departamentos, locales comerciales o terrenos deben cumplir año con año con un impuesto que es una de las contribuciones más importantes a nivel municipal.
Este monto permite mejoras en la ciudad en la que resides y se calcula conforme al valor catastral de tu propiedad (ubicación, metros cuadrados, tipo de edificación, etc.)
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¿Cuáles son las multas por no pagar el predial en NL?
La principal multa por no cumplir con el pago del predial son los recargos porcentuales sobre el monto original, aunque esta multa varía según el municipio suele ser la principal, además de otros gastos administrativos.
Más allá de los recargos se establece una serie de multas que puede adquirir el ciudadano como:
- Pérdida de descuentos y beneficios fiscales
- Imposibilidad de obtener constancias de no adeudo
- Bloqueo de trámites notariales y patrimoniales
- Restricciones para permisos y licencias municipales
- Inicio de un procedimiento de cobro coactivo
- Embargo de bienes
- Riesgo de remate o subasta del inmueble
¿Cómo funciona el embargo de propiedad por no pagar el predial?
Aunque el embargo no es una acción inmediata, el gobierno municipal debe optar esta opción cuando se agoté un Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE). Dicho proceso suele ir por etapas:
- Notificación de adeudo: El municipio envía una invitación o requerimiento formal al domicilio, otorgando un plazo para cumplir con el pago.
- Mandamiento de ejecución: Si el contribuyente ignora los avisos, se emite una orden oficial para requerir el pago de manera presencial.
- Señalamiento de bienes: Legalmente, la autoridad tiene la facultad de señalar bienes para garantizar el pago de la deuda, lo cual incluye la propiedad misma.
¿Cómo evitar recargos en el predial?
La forma más efectiva de evitar recargos es pagar durante el primer mes del año. No solo evitas la mora, sino que recibes descuentos por pago anual. La mayoría de los municipios ofrecen un 15% de descuento si pagas antes del 5 de febrero.
En caso de que el monto sea muy alto y no puedas liquidarlo de golpe, puedes acudir a la Tesorería de tu municipio para solicitar un Convenio de Pago en Parcialidades, algunos municipios detienen la generación de nuevos recargos mientras cumplas con las mensualidades acordadas.
Así podrás llevar al corriente los pagos de tu propiedad y evitar problemas en el futuro.
