Ciudad de México. – El exsecretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna, vio el retiro de una orden de aprehensión que había sido girada en su contra por enriquecimiento ilícito.
Esto luego de que un tribunal rechazara este mandamiento judicial obtenido anteriormente, señaló la Fiscalía General de la República (FGR).
“Lo anterior, aun cuando con los datos de prueba proporcionados a la autoridad jurisdiccional, está demostrado que su patrimonio es desproporcionado e injustificado con relación a sus ingresos lícitos, lo que violenta los principios de legalidad y el debido proceso”; explica la FGR en un comunicado.
Se informó que García Luna se hizo de un ingreso injustificado mayor a 43 millones de pesos mientras fungía como servidor público en los sexenios de Vicente Fox (2000-2006) y Felipe Calderón (2006-2012).
Ahí mismo se acusa que el también ingeniero mecánico no rindió el monto en sus declaraciones fiscales y patrimoniales, lo cual, señala, está confirmado por diligencias periciales contables.
“Ahora, el Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito, resolvió que se niega el mandamiento judicial obtenido”, agrega el escrito publicado en la página web de la Fiscalía.
La FGR acusó que, tras esta decisión, el Tribunal, integrado por los Magistrados Alberto Torres Villanueva, Manuel Bárcena Villanueva y Gabriela Guadalupe Rodríguez Escobar, violentaron el artículo 224 del Código Penal Federal vigente en la época cuando sucedieron los hechos.
A causa de esto, se anunció el inicio de un procedimiento legal contra Gerardo Genaro Alarcón López, quien fue el juez de distrito que negó la orden inicialmente.
Lo mismo ocurrió contra Alberto Torres Villanueva, Manuel Bárcena Villanueva y Gabriela Guadalupe Rodríguez Escobar.
Genaro García Luna se encuentra actualmente en el Centro Metropolitano de Detención de Nueva York, en Estados Unidos, donde fue enviado luego de ser declarado culpable de delitos relacionados con narcotráfico.
La gravedad de los cargos hizo que García Luna enfrente una pena mínima de 20 años de prisión y una máxima de cadena perpetua, hecho que es independiente a las órdenes de aprehensión giradas en México.