Guadalajara.- La Jueza Sexta de Distrito en Materia Administrativa en Jalisco, María Gabriela Ruiz Márquez, declaró inválida la reciente Reforma Judicial aprobada el 11 de septiembre por el Senado de la República.
Argumentan irregularidades en el proceso legislativo que vulneran la división de poderes y la independencia judicial. En su resolución, Ruiz Márquez destacó que el Congreso excedió sus facultades reformadoras al intentar modificar elementos esenciales de la Constitución, como la independencia judicial, considerada un pilar del Estado democrático de derecho.
La jueza puntualizó que el poder reformador del Legislativo tiene límites establecidos por la Constitución, a diferencia del Constituyente, que actúa con soberanía ilimitada al crear el marco jurídico fundamental.
“La reforma sobrepasa lo constitucionalmente permitido, afectando la estructura democrática del Estado”, explicó.
También enfatizó que la modificación no fue debidamente fundamentada para justificar que no afecta la independencia judicial, lo que la hace inviable. El fallo protege a la parte que presentó el amparo, pero podría beneficiar a otras personas por el principio de interés legítimo.
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Entre los cambios más polémicos de la reforma está la propuesta de elegir jueces, magistrados y ministros mediante voto popular, lo cual, según la jueza, compromete la imparcialidad judicial. Esta decisión puede ser apelada por autoridades como la Presidencia, el Senado, la Cámara de Diputados, y la SCJN.
Si el caso llega a la Suprema Corte, bastarían seis votos para invalidar la reforma definitivamente, en contraste con los ocho requeridos en las acciones de inconstitucionalidad.
Sin embargo, es poco probable que el actual Pleno de la Corte, que concluye funciones en agosto de 2025, resuelva el asunto a tiempo.
Esta resolución marca el primer revés judicial contra la reforma y abre la puerta a un debate más amplio sobre los límites del poder legislativo en México.