México.- El primero de mayo se aproxima, una fecha significativa para aquellos que están en el ámbito laboral, pues conmemora el Día del Trabajo. Sin embargo, surge una pregunta común: ¿deberían compensar doblemente a los trabajadores por acudir a su lugar de empleo en este día?
Es importante tener en cuenta que solo aquellos días que están legalmente establecidos por la Ley Federal del Trabajo serán remunerados, mientras que otras fechas que carecen de reconocimiento oficial no pueden ser reclamadas como días pagados a las empresas.
Ante cualquier consulta o duda al respecto, siempre puedes recurrir al departamento de Recursos Humanos de la empresa donde estés empleado.
¿Es obligatorio trabajar el 1 de mayo?
El primero de mayo representa un día de descanso oficial fijo en el calendario, lo que significa que no se traslada al lunes o viernes más cercano para crear un fin de semana largo, como ocurre con otras fechas.
En el año 2024, este día cae en miércoles. Aunque es mitad de semana, aún se debe respetar como un día de descanso conforme al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.
En caso de que en tu lugar de trabajo te soliciten laborar ese día, puedes negociar un acuerdo; sin embargo, es importante tener en cuenta que incluso si aceptas trabajar, tu empleador sigue obligado a pagarte este día de acuerdo con lo estipulado por la Ley.
¿Cuánto te pagarán si trabajos el 1 de mayo?
Según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, el primero de mayo se designa como un día de descanso en diversos sectores laborales.
En otras palabras, al no ser día laborable, es importante tener en cuenta que, si te encuentras entre los pocos empleados que trabajarán, tienes derecho a recibir un pago doble por completar tu jornada laboral.
Recuerda que es fundamental seguir las políticas de tu empresa respecto al pago doble en esta fecha, por lo que es necesario estar atento a las instrucciones proporcionadas.
En algunas, será necesario cumplir con la jornada laboral completa y registrar tu entrada y salida puntualmente para recibir el pago correspondiente por este día.