Ciudad de México.- A pocos días de que se llegue la conclusión oficial de las campañas electorales y lo que proseguirá es la llamada “veda electoral”.
Se trata de una etapa de reflexión establecida por las autoridades electorales en el que la ciudadanía tiene la oportunidad de meditar a quién le otorgarán su voto el día de las elecciones.
Durante este periodo el Instituto Nacional Electoral no permite los actos de campaña ni el proselitismo electoral, pero sí están garantizadas la libertad de expresión y la libertad de prensa.
¿Qué implica la veda electoral?
El INE estableció un conjunto de medidas para garantizar que los ciudadanos reflexionen el sentido de su voto. Este “silencio electoral” se establece para el día de las votaciones y los tres días anteriores a la jornada electoral, de acuerdo con el artículo 251 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Durante este periodo, las candidaturas y los partidos políticos se abstienen de cualquier tipo de propaganda electoral. Estas restricciones también incluyen a las redes sociales.
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¿Cuándo inicia la veda electoral 2024?
Este año la veda electoral comienza a las 0.00 del jueves 30 de mayo y concluye el domingo 2 de junio a las 18.00 horas tras el cierre de las casillas para asegurar a la ciudadanía un periodo de reflexión sobre el voto libre y secreto.
¿Qué cosas prohíbe la veda electoral?
Los actores políticos no podrán hacer un llamado al voto, mientras que los medios de comunicación no deberán publicar encuestas electorales sobre intención del voto, y el día de las elecciones, no deberá haber propaganda colocada cerca de ninguna casilla.
Durante la veda electoral también están prohibidos:
- La propaganda gubernamental, excepto las campañas de servicios educativos, de salud o de protección civil.
- La difusión y publicación de resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales.
¿Dónde se contemplan las sanciones?
Pueden aplicarse multas considerables, tanto para los partidos políticos, como para los candidatos, pero si se detectan presiones al electorado, eso sería competencia de la Fiscalía General de la República o de las fiscalías estatales.
La Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales contempla penas señaladas en la Ley General en Materia de Delitos Electorales.