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¿Por qué el SAT puede revocar mi e.firma?

¡Presta atención! Estas son las razones por las cuáles el SAT te puede revocar tu firma electrónica.

¿Por qué el SAT puede revocar mi e.firma?.Créditos: Créditos: Canva | SAT
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La seguridad de tu firma electrónica es fundamental para realizar trámites fiscales en línea. Sin embargo, existen situaciones en las que el SAT puede revocar tu e.firma. 

En esta nota, te explicaremos cuáles son las causas más frecuentes que pueden llevar a la cancelación de tu firma electrónica y qué puedes hacer al respecto.

La revocación de la firma, significa que el certificado de la e-firma ya no es válido y no se puede seguir usando. Esto puede ocurrir por diversas razones, entre las que se incluye que; la e-firma expiró, se sospecha que alguien más tiene acceso a la e-firma o se perdió la clave privada, sin embargo existen otros casos en la cuál el SAT puede intervenir para la cancelación de esta. 

revocación de la firma electrónica

¿En qué casos el SAT puede revocar mi firma electrónica?

El Servicio de Atención Tributaria puede cancelar el certificado de tu e.firma de acuerdo a las disposiciones del Código Fiscal de la Federación publicado desde el año 2009. 

Dentro del archivo, los motivos de cancelación de CSD se dividen en dos: Acciones voluntarias o causas de fuerza mayor o bien por comportamiento atípico. 

Entre las acciones voluntarias del solicitante se encuentra: 

  • Lo solicite el firmante.
  • Resolución judicial o administrativa.
  • Fallezca el titular.
  • Disolución o extinción de personas morales.
  • Desaparición por fusión o escisión de sociedades.
  • Transcurso del plazo de vigencia.
  • Se pierda o inutilice.
  • No cumplió los requisitos legales.
  • Existir riesgo en la confidencialidad de los datos de creación de la Firma Electrónica del SAT.

Mientras que en el caso de cancelación por comportamiento atípico se tienen las siguientes razones: 

  • En un mismo ejercicio, omite la presentación de tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas.
  • Desaparezca o no se localice durante el procedimiento administrativo de ejecución.
  • En el ejercicio de sus facultades de comprobación, no se localiza, o desaparece, o bien se identifica que los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura Electrónica (CFDI) emitidos amparan operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas, o
  • La existencia de infracciones relacionadas con obligaciones del pago de contribuciones, declaraciones y avisos, vinculadas con llevar contabilidad.

¿Para qué sirve mi e.firma? 

La firma electrónica te identifica al hacer diversos trámites y servicios por internet como envío de aclaraciones, envío de declaración anual, provisional y definitiva, cambios y modificaciones ante el SAT, además de ser un requisito indispensable para la titulación para universitarios

¿Qué puedo hacer si mi e.firma está revocada?

Para renovar una e-firma revocada, se puede acudir de manera personal a cualquier oficina del SAT. 

En caso de realizar tu trámite presencial deberás acudir con los siguientes requisitos:

  • Contar con cita registrada en citas.sat.gob.mx
  • Unidad de memoria extraíble (USB) preferentemente nueva
  • Cuando el certificado de la e.firma haya perdido su vigencia hasta un año antes a la presentación de la solicitud, puedes acreditar tu identidad y domicilio solo con la validación de tu huella dactilar

Para el caso de que haya transcurrido el periodo señalado en el párrafo anterior, además: Identificación oficial vigente y comprobante de domicilio, siempre y cuando el domicilio sea visible y esté ubicado dentro del territorio nacional.  

Ahora bien, si vas a realizar tu trámite de renovación de e.firma a través de internet sólo es necesario contar con la clave privada (archivo .key), certificado de e.firma vigente (archivo .cer) y la contraseña de la llave privada.

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