Candados para deudores alimentarios

Escrito en OPINIÓN el

Para evitar que los padres que tengan obligaciones alimentarias con sus hijas e hijos pretendan evadir su responsabilidad argumentando que no cuentan con la solvencia patrimonial y económica, planteemos reformas al Código Civil del Estado en beneficio de los menores.

Junto con mi compañera Claudia Caballero Chávez, presentamos una iniciativa de modificación al Código Civil, para que un deudor alimentario esté impedido de vender o traspasar los bienes inmuebles que se encuentren a su nombre, para buscar evadir su responsabilidad alimentaria con sus hijas e hijos.

Para ello, se propone en la reforma que el Instituto Registral y Catastral tendrá la obligación de verificar el Registro Estatal de Obligaciones Alimentarias para que, en caso de que el deudor alimentario pretenda adquirir, transmitir, modificar, limitar o extinguir la propiedad o posesión de bienes raíces o cualquier derecho real, deberá informar al juez para que este resuelva lo que a su derecho corresponda y no podrá realizarse la inscripción.

Además, el juez dará aviso al Colegio de Notarios del Estado de Nuevo León para que hagan del conocimiento a los fedatarios que el deudor alimentario cuenta con las prohibiciones de modificar el estatus de sus bienes patrimoniales, y en caso de detectarlo, deberán informarlo al juez para que proceda en consecuencia.

El año pasado, en el 2025, de acuerdo a reportes de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León, se reportaron 825 denuncias en contra de deudores alimentarios por el incumplimiento en el pago de pensiones alimenticias, siendo el mes de octubre el de mayor incidencia con 98 casos.

Es alarmante que en tan solo un lustro, de 2020 a 2025, se haya incrementado en casi un cien por ciento las denuncias en contra de los deudores alimentarios, pasando de 420 a 825 denuncias en este lapso de tiempo, por lo que urge hacer algo para atender esta problemática.

Estamos ahora planteando una reforma al Código Civil, para establecer candados en contra de los deudores alimentarios, como antes ya lo hemos hecho en la Ley que Regula la Expedición de Licencias de Conducir, siempre en busca de la protección de los menores de edad para que su progenitor cumpla con su obligación de mantenerlos.

FRASE:

“Junto con mi compañera Claudia Caballero Chávez, presentamos una iniciativa de modificación al Código Civil, para que un deudor alimentario esté impedido de vender o traspasar los bienes inmuebles que se encuentren a su nombre”