Monterrey.- Ya inició el 2025 y con él también llegaron los gastos que año con año deben realizarse.
Uno de ellos es el predial, un impuesto obligatorio que deben cubrir todas las personas que sean propietarias de inmuebles. Dicho monto económico, es utilizado para financiar obras de infraestructura, servicios públicos y desarrollo urbano de tu ciudad.
¿Qué pasa si no pago el predial?
El abogado Enrique David Ogaz Díaz, explicó a través de sus redes sociales, qué pasa en caso de que un ciudadano no pague su predial.
"No te pueden meter a la cárcel por deber el predial, la Constitución claramente menciona que nadie puede ir a la cárcel por no tener dinero para pagar una deuda.
"Teóricamente hablando, si no pagas el predial, eventualmente el municipio a través del jurídico podría hacer lo que se llama PAE (procedimiento administrativo de ejecución)", mencionó el abogado.
¿Qué se refiere PAE?
El PAE hace referencia al Proceso Administrativo de Ejecución en Materia Predial, que es un procedimiento que llevan a cabo las autoridades fiscales, generalmente en municipios o entidades gubernamentales, para cobrar adeudos relacionados con impuestos prediales u obligaciones relacionadas con bienes inmuebles.
Según el abogado, este procedimiento administrativo consta de varias etapas:
- Mandamiento de Ejecución.
- Notificación del Mandamiento de Ejecución.
- Requerimiento de Pago.
- Embargo.
- Remoción de Depositario.
- Avalúo.
- Convocatoria a Remate.
- Remate
Propósito del PAE en materia predial:
- Recaudar impuestos atrasados: Si un propietario no paga el impuesto predial dentro de los plazos establecidos, las autoridades pueden iniciar un proceso administrativo para recuperar esos recursos.
- Garantizar el cumplimiento de obligaciones fiscales: Se busca fomentar la responsabilidad de los contribuyentes en cuanto al pago de sus impuestos.
- Evitar la acumulación de deudas: El proceso permite a las autoridades actuar de forma más eficiente y ordenada frente a los incumplimientos.
Etapas principales del PAE en predial:
- Determinación del adeudo: Se identifica el monto pendiente por parte del contribuyente.
- Requerimiento de pago: Se emite una notificación formal al propietario para que cumpla con el pago en un plazo específico.
- Embargo: Si no se realiza el pago, las autoridades pueden proceder a embargar el bien inmueble o cuentas del deudor.
- Subasta pública: Como último recurso, el bien puede ser subastado para recuperar el monto adeudado.