México.- Rumbo a la gran final de La Casa de los Famosos 3, la emoción está al máximo: esta noche se conocerá quién se llevará el codiciado premio de 4 millones de pesos.
Pero antes de celebrar, hay un dato que pocos tienen en cuenta: el SAT también tiene su parte del pastel. Aquí te invitamos a descubrir cuánto podría retenerle al ganador y cómo afectará su premio.
¿Quién debe pagar impuestos por ganar concursos en México?
En México, cualquier premio en dinero o en especie se considera ingreso gravable, según el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El artículo 137 de la Ley de Impuesto sobre la Renta describe las especificaciones en lo siguiente:
“Todo ingreso que derive de la celebración de loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos de toda clase, autorizados legalmente”, se lee en la página oficial del SAT.
Por lo tanto, significa que si alguien se lleva el gran premio del reality, tendrá que declarar su valor ante la autoridad fiscal.
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¿Cuánto podría retener el SAT al ganador de LCDLF?
La retención depende del tipo y monto del premio. Sin emabrgo, generalmente, el SAT puede quitar entre el 10% y el 30% del valor total. Por ejemplo, si el premio es en efectivo, la cantidad a pagar puede ser considerable.
Es importante destacar que estos porcentajes no son fijos y pueden variar según la clasificación fiscal del ganador y si tiene otras obligaciones ante el SAT.
Durante la temporada anterior de La Casa de los Famosos, el ganador Mario Bezares tuvo que pagar alrededor de 1 millón 107,621.01 pesos, por lo que de los 4 millones 600 mil pesos, el premio neto fue de aproximadamente 3 millones 492 mil 378.99 pesos.
Premios en efectivo vs. premios en especie
No todos los premios se pagan en dinero. Algunos son autos, viajes o bienes de lujo, y el SAT también los considera ingresos. La diferencia es que, al tratarse de bienes, se debe calcular su valor comercial para determinar el impuesto correspondiente.
Por ejemplo, un auto de lujo puede generar una retención fiscal similar a un premio en efectivo equivalente. El mismo artículo 37 de la ley del ISR establece lo siguiente:
"No se considerará como premio el reintegro correspondiente al billete que permitió participar en las loterías."
Es decir, que si solo te devuelven el costo de tu billete (el reintegro) porque no ganaste el premio mayor, ese dinero no genera impuestos.