México. Con la llegada del último "megapuente" del año, el próximo lunes 17 de noviembre se convierte en una fecha de descanso garantizado para muchos mexicanos, con motivo de la conmemoración de la Revolución Mexicana.
No obstante, si tu empresa o centro de trabajo requiere de tu presencia este día, tienes derecho a una compensación económica significativa. A continuación, te explicamos cómo se integra este pago y qué dice exactamente la normativa laboral vigente.
¿Qué dice la LFT sobre el 17 de noviembre?
El próximo 17 de noviembre está marcado como descanso obligatorio dentro del calendario laboral y escolar porque se recorre al lunes más cercano al 20 de noviembre debido a la conmemoración del Día de la Revolución Mexicana.
No obstante, algunos sectores laborales requieren la presencia de sus trabajadores por lo que, el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que aquellas personas trabajen deberán recibir un pago triple a su salario normal por laborar en día de asueto.
“Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado”, indica el artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo.
¿Cuánto deben pagarme en asueto? | Paso por paso
Para entender mejor cómo se calcula este pago, a continuación te mostramos el desglose, utilizando un ejemplo sencillo:
Tomemos como base un salario diario de $500 pesos para un trabajador que labore el 17 de noviembre
- Prima Vacacional (Adicional): El patrón debe pagarle $1,000 pesos adicionales (dos veces el salario diario) por haber prestado sus servicios en el día de descanso obligatorio.
- Prima Feriada (Doble del salario diario)$1,000
Por lo tanto, por trabajar el 17 de noviembre, el pago total que debe recibir el trabajador es de $1,500 pesos (su salario diario $500 + la prima feriados $1,000), lo cual equivale a tres veces su salario ordinario.
¿Qué Hacer si tu Patrón se Niega a Pagar el Triple?
Si tu empleador se niega a realizar el pago triple que estipula la Ley Federal del Trabajo (LFT) por haber laborado en un día de descanso obligatorio, es importante que sepas que se trata de una violación a tus derechos laborales.
Ante esta situación, el recurso inmediato y más efectivo es acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Pasos a Seguir:
Acude a la Profedet: Esta institución es la encargada de ofrecerte orientación y asesoría jurídica gratuita para defender tus derechos.
- Proceso de Asesoría: La Profedet puede ayudarte de dos maneras:
- Conciliación: Intentar un diálogo con tu empleador para que cumpla con su obligación de pago.
- Queja Formal: Si la conciliación no funciona, te asistirá en el inicio de una demanda formal para reclamar tu pago.
