México.- Cancelar una suscripción en México podría dejar de ser una pesadilla. Con una nueva reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor, los cobros automáticos y las penalizaciones injustificadas están más cerca de desaparecer.
El objetivo es claro: que los usuarios puedan cancelar servicios sin letras chiquitas, llamadas eternas o cargos sorpresa que siguen apareciendo mes tras mes.
¿De qué trata la ley y a quienes aplica?
La reforma, publicada el viernes 12 de diciembre de 2025, modifica el artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor al agregar nuevas fracciones que obligan a las empresas digitales a ser más transparentes con los cobros recurrentes.
El objetivo principal es cerrar prácticas que dificultaban la cancelación de servicios y proteger a los usuarios frente a cargos no autorizados o renovaciones sorpresivas.
La reforma aplica a todos los proveedores de servicios que operan con pagos automáticos recurrentes, incluyendo plataformas digitales, suscripciones, membresías y servicios contratados en línea. Por lo tanto, estas obligaciones aplican tanto a nuevas contrataciones como a servicios que ya estaban activos antes de la reforma.
¿Qué están obligadas a informar ahora las empresas sobre los cobros automáticos?
A partir de la reforma, las empresas deben informar de forma clara, visible y accesible si un servicio incluye cargos automáticos.
Además, están obligadas a detallar el monto, la periodicidad y la fecha exacta de cobro, así como a obtener el consentimiento expreso e informado del consumidor antes de realizar cualquier cargo recurrente.
- Aviso de cobro automático: Cuando un servicio tenga renovación automática, el proveedor debe avisar al consumidor con al menos cinco días naturales de anticipación antes de realizar el siguiente cobro. Este aviso permite que la persona usuaria cancele el servicio sin penalización, evitando cargos inesperados por servicios que ya no desea mantener.
- Cancelar la suscripción sin rodeos: Las empresas ya no pueden usar menús ocultos, procesos confusos ni pasos innecesarios para dificultar la cancelación.
Es importante destacar que esta nueva ley prohíbe forzar al usuario a realizar llamadas telefónicas si el servicio fue contratado en línea.
¿Desde cuándo aplica la nueva ley de cancelación de suscripciones?
La reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación, por lo que ya es obligatoria para todas las empresas que operan en México bajo esquemas de pago recurrente.
El decreto fue promulgado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo como parte de una agenda para regular el mercado digital y fortalecer los derechos de los consumidores.
Los nuevos derechos que tienen los usuarios
Con la entrada en vigor de la ley, los consumidores tienen derecho a:
- Saber si un servicio tiene cobros automáticos.
- Recibir avisos previos antes de cualquier renovación.
- Cancelar de forma inmediata una suscripción o membresía.
- Evitar cargos no autorizados o sin consentimiento.
¿Qué hacer si una empresa no respeta la nueva ley?
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) es la autoridad encargada de vigilar el cumplimiento de estas disposiciones.
Si una empresa pone obstáculos para cancelar una suscripción o realiza cobros indebidos, el consumidor puede presentar una queja ante Profeco y exigir que se cumpla la ley.
