Monterrey.- El registro obligatorio de líneas telefónicas con la CURP en México continúa generando dudas entre los usuarios, especialmente sobre quiénes no desean realizar este trámite por temas de privacidad o desconfianza.
Sin embargo, existe un grupo de usuarios que no deberán de realizar este trámite obligatorio. Por ello, aquí en ABC Noticias te compartimos todo lo que debes saber de este trámite.
¿Quiénes están exentos de registrar su celular con CURP?
Aunque esta medida busca fortalecer la seguridad y reducir delitos como extorsiones, no todas las personas están obligadas a realizar este proceso, lo que ha generado confusión en redes sociales y entre los usuarios de telefonía móvil.
De acuerdo con la información oficial, las líneas vinculadas a tarjetas SIM que no permiten realizar llamadas ni enviar mensajes SMS.
Además las líneas corporativas o empresariales están exentas de este registro individual, ya que estas se encuentran dadas de alta a nombre de una empresa o institución.
Te podría interesar
Esto significa que los trabajadores que utilizan un teléfono proporcionado por su empresa no tendrán que vincular su CURP directamente, pues el responsable del registro es el titular del contrato, es decir, la compañía.
Este tipo de líneas no forma parte del padrón de telefonía Móvil, debido a que no pueden ser utilizadas para los delitos que se buscan combatir con esta medida, como extorsiones o fraudes telefónicos.
Entre las líneas que están exentas del registro destacan principalmente:
- SIM para dispositivos IoT: utilizadas en equipos como alarmas, rastreadores GPS, cámaras de seguridad o medidores inteligentes, que solo requieren conexión a internet para operar.
- Tarjetas SIM de solo datos: comunes en tablets, módems USB o routers portátiles, enfocadas únicamente en navegación web.
- Chips exclusivos de datos: aquellos que no cuentan con un número telefónico habilitado para llamadas o mensajes dentro de la red del operador.
¿Qué pasa con los usuarios individuales?
De acuerdo con autoridades, no existe una alternativa para evitar este registro, ya que la vinculación será obligatoria para todos los usuarios de telefonía móvil en México.
Por lo tanto, las personas que tengan una línea telefónica a su nombre sí deberán cumplir con el registro obligatorio. Esto incluye tanto usuarios de planes de renta como de prepago.
Si no realizan el trámite dentro del plazo establecido, el cual es el 30 de junio de 2026, las compañías telefónicas podrán suspender el servicio, lo que implicaría quedarse sin llamadas, mensajes y acceso a datos móviles.
Esto significa que, aunque no perderás tu número de inmediato, no podrás utilizarlo hasta que completes la vinculación correspondiente.
¿Por qué se implementó esta medida?
El objetivo principal de este registro es asociar cada número telefónico con una identidad oficial, lo que permitiría rastrear de manera más efectiva actividades ilícitas como fraudes o extorsiones telefónicas.
Sin embargo, la medida también ha generado duda entre usuarios por temas relacionados con la privacidad y el manejo de datos personales.
