IMSS despide a funcionario por actos indebidos en videoconferencia

De acuerdo a un comunicado emitido por IMSS el comportamiento del funcionario afectó la imagen institucional del instituto.

Videoconferencia del funcionario público del IMSS.
Videoconferencia del funcionario público del IMSS. Créditos: Captura de video
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Ciudad de México.- Luego de que a través de redes sociales se filtrara un video en el cual se observa a un funcionario del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) mantener un comportamiento sexual con una mujer mientras se encontraba en una reunión virtual, el IMSS informó a través de un comunicado que finalizó su relación laboral con el servidor público. 

De acuerdo al comunicado, el IMSS mencionó que el motivo de este despido se debió a que el funcionario “se le observó realizar actos de naturaleza sexual, los cuales constituyen al incumplimiento de sus obligaciones laborales y que llegan a afectar la imagen institucional”.

Aunque el video salió a la luz pública el 13 de mayo, el comunicado informa que la relación laboral finalizó el 12 de mayo. De acuerdo al comunicado, el servidor público se encontraba adscrito a la Subdirección Administrativa de la Unidad Médica de Alta Especialidad (UMAE) del Hospital de Cardiología del Centro Médico Nacional (CMN) Siglo XXI, del Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada (OOAD) DF Sur.

¿Qué sucedió durante la video conferencian en la que participó el funcionario del IMSS?

Fue una durante una reunión virtual cuando el funcionario del IMSS se encontraba con la cámara encendida, cuando justo en ese momento se encontraba junto a una mujer realizando los “actos de naturaleza sexual” que menciona el IMSS.

El comportamiento del servidor público fue observado por los otros asistentes a la reunión, cuya reacción principal fue de asombro ante la conducta que realizaba el funcionario y su acompañante.

El video de esta reunión fue filtrado en redes sociales, donde rápidamente cobró fuerza desatando la polémica y las opiniones por parte de los usuarios de internet, quienes expusieron sus dudas acerca de si la filtración de este video podría ser juzgado mediante la Ley Olimpia.

“La Ley Olimpia define la violencia digital como acciones en las que se expongan, difundan o reproduzcan imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento, a través de medios tecnológicos, y que por su naturaleza atentan contra la integridad”, comentó una usuaria identificada como Marcela Preciado.

Ante ello, un usuario identificado como Víctor González comentó “Aquí no aplica porque se difundieron en una plataforma de uso gubernamental en una conferencia y podemos ver que ambos participantes querían ser grabados y difundir el contenido”, escribió.