Monterrey. - El nombramiento de Arturo Salinas Garza como gobernador interino podría ser revocado, pues así se contempla en un proyecto de resolución del Poder Judicial federal.
Dentro del sitio web del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TRIFE) está publicado el asunto que contempla que se le retire la designación que el Congreso le dio al magistrado con licencia el pasado 25 de octubre.
“Se revoca la designación de José Arturo Salinas Garza como gobernador interino de Nuevo León debido a su inelegibilidad”, dice el documento.
El proyecto, que fue circulado en la página web del TRIFE a las 11:13 horas de ayer por la magistrada Janine Otálora, sería votado hoy por la Sala Superior.
La resolución también ordena que el Congreso vuelva a designar un gobernador interino con el consenso de sus integrantes, y tome en cuenta el perfil propuesto por el gobernador, que es Javier Navarro.
Te podría interesar
“Se ordena al Congreso del Estado que realice el nombramiento de la gubernativa interina… deberá generar los consensos necesarios al interior del Congreso, así como realizar una adecuada valoración, en plena libertad soberana, de la propuesta formulada por el Gobernador”, establece el proyecto.
El 23 de octubre Samuel García pidió una licencia temporal y propuso a Navarro como encargado del despacho. Sin embargo, dos días después, el Congreso le da la licencia, pero nombra a Arturo Salinas gobernador interino, quien hasta ese día era presidente del Tribunal Superior de Justicia.
‘No es competencia del Tribunal’: Salinas
Arturo Salinas, nombrado gobernador interino de Nuevo León, aseguró que el Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal no es competente para decidir sobre su nombramiento.
Luego de que comenzó a circular el proyecto de resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TRIFE), que plantea quitarle la designación que el Congreso del Estado le dio como mandatario interino, el magistrado con licencia señaló que el caso no debe ser resuelto por instancias electorales.
El Tribunal Electoral del PJF no puede sostener competencia para conocer de la pretensión del actor que atañe a la designación del gobernador interino, por parte del Congreso del Estado, ni estimar procedente el estudio de dicha pretensión en jurisdicción electoral”, se sostuvo en un documento.
A través de este oficio, se expuso el criterio sobre el caso de una controversia constitucional procedente en la designación de un presidente municipal interino en el estado de Michoacán en el año 2007, donde actuó la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
A su vez, se adjuntó un antecedente del 2001 sobre un nombramiento de gobernador interino en Tabasco