Nuevo León activará candados legales a las preventas inmobiliarias a partir de marzo

Las nuevas reglas buscan evitar proyectos sin respaldo legal, pero sin frenar el crecimiento inmobiliario del estado.

Las nuevas reglas buscan evitar proyectos sin respaldo legal, pero sin frenar el crecimiento inmobiliario del estado.
Las nuevas reglas buscan evitar proyectos sin respaldo legal, pero sin frenar el crecimiento inmobiliario del estado.Créditos: Archivo / ABC Noticias
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Monterrey.- A partir del próximo 16 de marzo, las preventas de bienes inmuebles en Nuevo León quedarán sujetas a nuevos requisitos legales que buscan frenar abusos, fraudes y la venta de proyectos sin respaldo jurídico, tras la entrada en vigor de una reforma al Código Civil del estado.

Las modificaciones, aprobadas por unanimidad por el Congreso local el 17 de diciembre y publicadas en el Periódico Oficial del Estado el pasado 16 de enero, establecen un plazo de 60 días para su aplicación, con el objetivo de que desarrolladores, compradores y autoridades conozcan el alcance de las nuevas reglas.

Con la reforma, la preventa queda reconocida formalmente como una figura legal, eliminando la ambigua “oferta de compra” que durante años dejó en estado de indefensión a compradores que entregaban anticipos sin garantías reales.

A partir de ahora, cualquier depósito o anticipo entregado por el cliente implicará la aceptación automática de la oferta, generando obligaciones inmediatas para el desarrollador.

Uno de los puntos clave es que, en caso de incumplimiento, el desarrollador deberá devolver el dinero al comprador a valor presente, es decir, con intereses, además de enfrentar posibles sanciones si no entrega el inmueble en los plazos acordados.

La reforma también impone dos candados esenciales antes de que pueda realizarse una preventa: que el proyecto cuente con una licencia de construcción vigente, y que únicamente pueda recibir recursos el titular de dicha licencia o alguien con facultades legales expresas para representarlo.

Además, se establece la obligación de celebrar un contrato formal con datos completos de las partes, identificar claramente el inmueble y el proyecto, transparentar el estado legal de la obra y fijar fechas precisas.

Si las licencias vencen o los permisos son negados, el comprador podrá cancelar la operación y exigir la devolución de su dinero con intereses en un plazo máximo de 60 días.

Las nuevas disposiciones buscan evitar que se comercialicen “proyectos en papel” sin respaldo legal, sin frenar el desarrollo inmobiliario formal en el estado.

La bancada del PAN destacó que la iniciativa fue trabajada en conjunto con la Canadevi y la Caprovi, y subrayó que las reformas brindan mayor certeza jurídica a quienes buscan adquirir un patrimonio.

El dictamen fue aprobado por unanimidad en lo general, con el respaldo de 41 diputados, aunque en lo particular se avaló por mayoría tras un debate por una reserva al artículo 1720 Bis 6.

¿Qué implica la reforma a las preventas inmobiliarias?

  • Entra en vigor el 16 de marzo
  • La preventa solo puede hacerse con licencia de construcción vigente
  • Debe existir un contrato formal entre comprador y desarrollador
  • El inmueble y el proyecto deben estar claramente identificados
  • Solo el titular de la licencia o su representante legal puede vender
  • El anticipo o depósito implica aceptación automática de la preventa
  • El comprador puede cancelar si se niegan o vencen permisos
  • El dinero debe devolverse con intereses en un máximo de 60 días
  • Habrá sanciones por incumplimientos o retrasos en la entrega
  • Se busca evitar la venta de proyectos sin respaldo legal

¿Cómo serán las sanciones en caso de incumplimiento?

En el decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, donde se adicionan los artículos 1720 Bis al 1720 Bis 6 del Código Civil de Nuevo León, no se establece una sanción económica con monto fijo (es decir, no dice “X pesos de multa”).

Lo que sí queda claramente establecido en la ley es que:

  • El desarrollador debe devolver el dinero con intereses si incumple.
  • Puede haber responsabilidad civil y pago de daños y perjuicios.
  • Se prevén sanciones legales, pero el monto se define caso por caso, conforme a otras disposiciones aplicables y a la autoridad que conozca del asunto.

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