Ciudad de México.- Este miércoles 21 de junio, la Suprema Corte de Justicia aprobó con cuatro votos a favor un fallo que establece que el solo hecho de ser mujer da la facultad para cuestionar la validez de los códigos penales que sancionan el aborto voluntario.
Este fallo no busca esperar a que los Congresos federales y de los estados de la República debatan y legislen sobre el derecho de proveer un aborto seguro, legal y gratuito a las mujeres.
Con este fallo los jueces federales estarán obligados a permitir amparos de cualquier mujer contra los códigos penales en los Estados y el Código Penal Federal (CPF).
Será el próximo 28 de junio cuando la Primera Sala de la Corte discuta el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara sobre el aborto en Aguascalientes, donde se buscará impugnar el código estatal en materia de aborto.
Asimismo, se propone que en esa entidad federativa se dejen de aplicar los artículos que sancionan la acción de abortar. Este proyecto sería el primero que entraría a discusión tras el fallo de este miércoles en la Suprema Corte.
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Con esta aprobación, el debate acerca de la despenalización del aborto a nivel nacional vuelve a abrirse, luego de que hace siete años este tema se pusiera sobre la mesa, pero sin tener éxito.
Fue en junio 2016 cuando un proyecto de este mismo tipo fue presentado por el ministro Arturo Zaldívar, en el cual se declaraba inconstitucional el delito de aborto en el Código Penal Federal (CPF).
En esa ocasión, justamente la Primera Sala de la Corte fue quien desechó ese proyecto con cuatro votos en contra. Ante este resultado, Arturo Zaldívar indicó que “era indigno” pedirle a una mujer someterse a una persecución legal para cuestionar el derecho de decidir sobre su cuerpo.
Cinco años más tarde, en 2021, la Suprema Corte de Justicia invalidó la penalización del aborto en el estado de Coahuila, lo cual representó un avance para organizaciones y colectivas que defienden el derecho de las mujeres para decidir sobre su propio cuerpo.