Ciudad de México.- El Senado mexicano aprobó este viernes un dictamen para imponer de dos a seis años de prisión, a quien realice las denominadas “Terapias de Conversión Sexual”, con las que se pretende obligar a las personas a cambiar su identidad sexual.
El documento plantea que dichas sanciones "se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona".
El Senado aprobó, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, este dictamen que también impone una multa de mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a 108 mil 570 pesos y 217 mil 140 pesos, respectivamente.
Las reformas precisan que "aumentará al doble la sanción cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad".
En caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima, la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.
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Cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también "será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta".
Mientras que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen dichas terapias e incluso prácticas quirúrgicas, serán sancionadas y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.
En el proyecto de decreto se establece que "bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos".