Ciudad de México. – Una nueva medida entró en vigor ayer domingo 15 de enero en toda la República Mexicana, se trata de la Ley General para el Control de Tabaco, que castiga a todo aquel que viole los lineamientos recién establecidos respecto a la venta y consumo del tabaco dentro del país.
Una de las medidas que involucra este decreto es: la prohibición de toda forma de publicidad y exhibición de cigarros en puntos de venta, lo que quiere decir que establecimientos como Oxxo o las denominadas tienditas de la esquina, deberán de quitar o al menos cubrir las cajetillas de los aparadores a fin de que no se encuentren a la vista del público.
Otro apartado es el menor espacio libre de tabaco que tendrán los fumadores con esta nueva ley, que además traerá consigo nuevas señalizaciones que les diga cuándo sí y cuando no está permitido fumar.
¿En qué lugares ya no estará disponible fumar?
Desde ayer domingo 15 de enero, los mexicanos ya no podrán fumar en:
- Centros de trabajo.
- Transporte público.
- Escuelas.
- Sedes donde se realizan espectáculos.
- Hoteles.
- Estadios.
- Plazas comerciales.
- Playas, parques o lugares donde se encuentren niñas, niños y adolescentes, así como en los que estén marcados con la leyenda “Espacio libre de humo”.
- Restaurantes.
El cumplimiento de la norma será vigilado por la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), ente que además podrá recibir denuncias sobre personas que incumplan la medida a través del teléfono: 800 033 5050.
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De igual manera, con esta Ley, la Secretaría de Salud busca prevenir 49 mil muertes prematuras y 292 mil nuevos casos de enfermedades relacionadas al tabaquismo en los próximos 10 años.