Ellos son los pensionados del IMSS que NO recibirán aguinaldo este 2025

¿Estás en la lista de no recibir aguinaldo? Estos pensionados del IMSS no tendrán este año.

imss aguinaldo: quiénes no reciben.Créditos: Canva
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México.- Con la llegada del fin de año, millones de pensionados del IMSS esperan noticias sobre su aguinaldo, un ingreso vital que representa un apoyo económico para cerrar el año con tranquilidad.

Sin embargo, la dependencia ha confirmado que no todos recibirán el pago correspondiente a 2025. Si eres jubilado o beneficiario del IMSS, te conviene leer esto antes de hacer planes con ese “extra” navideño.

¿Cuándo empezará el depósito del aguinaldo?

De acuerdo con la información oficial, el depósito está programado a partir del 3 de noviembre, fecha en la que también se efectuará el pago ordinario de la pensión.

En cuanto al monto, corresponderá a una mensualidad de la pensión base, sin incluir ayudas asistenciales ni asignaciones familiares. Es decir; si un pensionado recibe 8,000 pesos mensuales, ese mismo monto será depositado como aguinaldo en noviembre.

¿Quienes no recibirán aguinaldo del IMSS? 

Es importante tener claro que no todos los pensionados del IMSS recibirán el aguinaldo en 2025. Este beneficio, tan esperado a fin de año, está reservado únicamente para un grupo específico de jubilados:

Los beneficiarios que se pensionaron por cesantía en edad avanzada o por vejez bajo el amparo de la Ley del Seguro Social de 1973 (Ley 73).

La Ley 73 estuvo vigente hasta el 1 de julio de 1997. En términos sencillos, la generación de 1997 fue la última en contar con este derecho dentro del esquema del IMSS.

Aguinaldo IMSS

¿Qué pasa con los demás?

Quienes se jubilen bajo la normativa actual (Ley 97) ya no podrán gozar del aguinaldo. Su prestación económica se limitará al pago mensual correspondiente según su régimen. En pocas palabras, para los nuevos jubilados y pensionados, el aguinaldo ya no aplica, ya que este beneficio no está contemplado en la ley vigente.

Requisitos para recibir el aguinaldo

El beneficio está dirigido exclusivamente a pensionados que cumplan con los siguientes criterios:

  • Tener entre 60 y 65 años.
  • Haber cotizado bajo la Ley del Seguro Social de 1973.
  • Contar con el período mínimo de cotización, generalmente 500 semanas.
  • Estar dado de baja del Régimen Obligatorio del Seguro Social.
  • No tener actualmente un empleo remunerado.
  • Haber iniciado su cotización antes del 1 de julio de 1997.

Los pensionados bajo el esquema de cuentas individuales (Ley del Seguro Social de 1997) no tienen derecho a este aguinaldo, por lo que se recomienda planificar con ahorro o inversión.

Aguinaldo 

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