Monterrey.- Cada año surge la misma duda entre trabajadores y empleadores: ¿el 20 de noviembre debe pagarse doble o triple?
Aunque la fecha marca el aniversario de la Revolución Mexicana, este 2025 no se reconoce como día de asueto oficial, por lo que quienes trabajen este jueves solo recibirán su salario normal.
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los días de descanso obligatorio están preestablecidos y no cambian según el calendario tradicional, sino conforme a la ley.
La fecha destinada oficialmente para esta conmemoración es el tercer lunes de noviembre, que en 2025 correspondió al lunes 17.
¿Qué establece la ley sobre trabajar en un día oficial?
El artículo 75 de la LFT señala que cuando un trabajador presta sus servicios en un día de descanso obligatorio tiene derecho a recibir su salario diario más un pago doble, lo que equivale a un pago triple.
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Sin embargo, esto solo aplica si la fecha está incluida en la lista oficial de días no laborables.
Este año, al conmemorarse el aniversario de la Revolución Mexicana el lunes 17, ese fue el día que generó pago triple para quienes trabajaron, mismo que deberá reflejarse en su quincena.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio?
Según el artículo 74 de la LFT, los días feriados oficiales en México son:
- 1 de enero
- Primer lunes de febrero (por el 5 de febrero)
- Tercer lunes de marzo (por el 21 de marzo)
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- Tercer lunes de noviembre (por el 20 de noviembre)
- 1 de octubre cada seis años por la transmisión del Poder Ejecutivo
- 25 de diciembre
- Los determinados por leyes electorales para jornadas de votación
¿Cómo se pagará el jueves 20 de noviembre?
Dado que esta fecha no aparece en el listado del artículo 74, no se considera día de descanso obligatorio. Por ello, las personas que trabajen el jueves 20 de noviembre de 2025 no recibirán pago doble ni triple, sino su salario diario habitual, como cualquier otro día laborado.
