Aguinaldo 2025: si estás en esta situación, podrías recibirlo incompleto

¿Estás en la lista? Conoce quiénes NO RECIBIRÁN su aguinaldo completo.

Aguinaldo: quiénes reciben menos.Créditos: Creado con IA | Canva
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Monterrey.- El derecho al aguinaldo está garantizado por la ley, pero su monto no siempre es fijo. La llegada de diciembre trae consigo el pago más esperado del año; sin embargo, para un sector de la población trabajadora, el depósito podría llegar incompleto o reducido.

Pero, ¿Bajo qué escenarios la ley avala una reducción del aguinaldo? La respuesta se encuentra en el concepto de la parte proporcional en meses de servicio o periodos específicos de ausencia, lo cual impacta directamente en la cantidad a recibir.

Beneficiarios y Excepciones: Quiénes Sí Reciben el Pago y Quiénes No

El aguinaldo es una prestación laboral de carácter obligatorio e irrenunciable que debe ser cubierta por los empleadores a sus trabajadores. Este consiste legalmente en el pago de al menos quince días de salario, y debe depositarse a más tardar el 20 de diciembre de cada año, sin importar el tiempo que el trabajador haya laborado.

No obstante, la ley NO contempla esta obligación para los siguientes trabajadores:

  • Personas que trabajan por honorarios sin relación subordinada.
  • Prestadores de servicios independientes o freelancers.
  • Comisionistas autónomos que no dependen directamente de un patrón.
  • Socios o cooperativistas que reciben utilidades, no salario.
  • Servidores públicos eventuales sin nombramiento fijo.
  • Becarios o pasantes que realizan prácticas profesionales.
  • Trabajadores sin contrato formal o sin registro ante el patrón.

¿Quiénes no recibirán el aguinaldo completo?

Por otro lado, existen algunas excepciones contempladas por la ley y diversas condiciones laborales que establecen que este pago no aplica por completo. Las dos razones principales para recibir un pago menor:

Antigüedad Menor a un Año: Si el trabajador no cumplió un año de servicio con la empresa, recibirá el pago proporcional correspondiente a los días efectivamente laborados (se calcula dividiendo los 15 días entre 365, y multiplicando el resultado por los días trabajados).

Además, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), establece que el aguinaldo se puede descontar solo en dos situaciones específicas:

  • Anticipos: Si el trabajador solicita un adelanto del aguinaldo antes de la fecha oficial.
  • Deudas: Específicamente en el caso de las pensiones alimenticias.
empleados que no reciben aguinaldo

Por lo tanto, ante cualquier otra situación de descuento o retención injustificada, la reducción de este pago es ilegal y debe reportarse de forma inmediata a la Profedet, quienes darán seguimiento al caso.

¿Qué hago si no recibo el aguinaldo completo? 

Si la empresa se niega a corregir el pago o no ofrece una justificación válida, debes de acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para presentar una denuncia formal. 

Al presentarte en las oficianas deberás llenar una documentación para proseguir con el proceso legal y proporcionar algunos documentos personales como:

  • Identificación oficial
  • Nombre de la persona empleadora
  • Domicilio de la fuente de trabajo
  • Recibo de nómina, si cuentas con ellos
quejas de empleados 

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