Monterrey.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a las y los contribuyentes en México, habilitar y actualizar su Buzón Tributario antes del 31 de diciembre de 2025, de no hacerlo podrían ser acreedores a una multa.
El SAT recordó que la habilitación del Buzón Tributario es un trámite obligatorio; no obstante, si aún tienes dudas sobre si debes realizarlo, a continuación te explicamos quiénes están obligados a activarlo.
¿Qué es el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario es un canal electrónico mediante el cual el SAT notifica actos administrativos y comunica información relevante de forma segura.
A través de este medio, los contribuyentes pueden recibir requerimientos, promociones, enviar documentación, así como recibir respuesta a trámites con su situación fiscal, su principal objetivo es agilizar procesos.
¿Quiénes están obligados a habilitarlo?
De acuerdo con el SAT, todas las personas inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deben contar con Buzón Tributario.
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Esto incluye tanto a contribuyentes con actividad económica como a empresas que mantienen operaciones vigentes ante la autoridad fiscal.
El SAT ha subrayado que este medio es considerado el canal formal de notificación, por lo que no contar con él activo puede generar incumplimientos involuntarios al no atender requerimientos o avisos enviados por la autoridad, por ello, exhorta a realizar el registro y mantenerlo actualizado.
¿Quiénes están exentos o pueden habilitarlo de forma opcional?
No están obligadas las personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o con actividades suspendidas, así como las personas morales que hayan suspendido actividades ante el RFC; en estos casos, su habilitación es opcional.
En ambos casos, el uso del Buzón Tributario no es obligatorio mientras se mantenga dicha situación fiscal.
Sin embargo, el uso del Buzón Tributario será obligatorio cuando se realicen trámites que lo requieran o cuando se hayan emitido CFDI de ingresos o recibido CFDI de nómina durante los últimos 12 meses. También aplica para quienes participen activamente en procedimientos fiscales ante la autoridad.
¿Qué multas se aplican si no se activa o actualiza la información?
El SAT advirtió que no habilitar el Buzón Tributario o no mantener actualizados los medios de contacto puede derivar en sanciones económicas, las multas por este incumplimiento podrían ir de los 3 mil 850 a los 11 mil 540 pesos, conforme al Código Fiscal de la Federación.
La autoridad recordó que es obligatorio registrar al menos dos medios de comunicación, un número de teléfono celular y uno o más correos electrónicos, hasta un máximo de cinco.
Si estos datos no se registran o confirman, el contribuyente puede ser considerado en incumplimiento y sujeto a sanciones.
